ERRORES EN LA INSTRUMENTACIÓN Y ENVÍO DEL COMPLEMENTO RECEPCIÓN PAGOS


Errores en la instrumentación y envío del complemento recepción pagos

Conoce los errores más comunes que se presentan en el llenado del complemento de recepción de pagos y ¡evítalos!

El año pasado el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dictó las reglas para la nuevaFactura o CFDI 3.3, que tiene mucho que ver con esta columna que hace referencia al complemento de recepción de pagos versión 1.0. Hablaremos de los errores más comunes en el llenado de los campos y, como consecuencia, el envío del complemento.
Muchos de los errores se cometen porque no se conocen los elementos que forman parte integral de la validación que hace el SAT. Es importante recordar que tenemos cinco elementos principales y estos a su vez contienen elementos adicionales o datos que deben requisitarse, y algunos de ellos tiene implícito un catálogo. Estos elementos son los siguientes:
  1.  Pago
  2. DoctoRelacionado
  3. Impuestos
  4. Retenciones
  5. Traslados
Los errores comunes están en los atributos relacionados con los elementos mencionados. Es prudente que revises con atención y de manera uniforme principalmente los siguientes (aunque todos son importantes):
a) FormaDePago
b) Moneda
c) Tipo de cambio
d)  RFCEmisor
e) Cuenta Ordenante
f) Importe del saldo
g) Número de parcialidad
Todos los campos son importantes, no sólo los siete enunciados; hay más de 30 atributos en los que existe validación al interior de la página del SAT, y en algunos de ellos claramente es mandatorio y debe ir un valor numérico o alfanumérico, que está relacionado abiertamente con el CFDI 3.3. Cabe mencionar que este complemento debe expedirse por larecepción de pagos en parcialidades y en los casos en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero que la misma no sea cubierta al momento de la expedición. Esto incluye aquellas operaciones que se hayan pactado a crédito o que sencillamente sean liquidadas en fechas posteriores.
Otro de los puntos que debes tener en consideración es que la expedición del comprobante se deberá hacer a más tardar al décimo día natural del siguiente mes al que se recibió el pago, la justificación es que el dato es utilizado como información en la determinación del IVA mensual correspondiente.
Es un poco confusa la utilización de dicho comprobante y los casos en que debe utilizarse y en qué casos no es necesario, así como cuáles son los campos a utilizarse, debido a que deben estar relacionados con el CFDI. En muchos de los casos se trata de los siguientes:
a) Compensación de pagos
b) Pago por definir
c) Pago diferido o en parcialidades
¿Cuáles son tus dudas sobre este complemento de recepción de pagos? No olvides ponerlas en los comentarios.

Fuente:Soyconta

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