SAT da más tiempo para hacer declaración

LAS PERSONAS MORALES TENDRÁN

 COMO FECHA LÍMITE HASTA EL 

PRÓXIMO 

3 DE ABRIL.



Este año las personas morales tendrán un plazo mayor para cumplir con la Ley del Impuesto sobre la Renta y presentar su declaración anual, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Este año las personas morales tendrán un plazo mayor para cumplir con la Ley del Impuesto sobre la Renta y presentar su declaración anual, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Al cierre del 2016, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) registró 1.9 millones de personas morales activas, las cuales tendrían como fecha límite para realizar su declaración el próximo 31 de marzo, no obstante, al ser viernes y de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, ésta se podrá presentar hasta el 3 de abril.
La Prodecon detalló que en dicha obligación fiscal los contribuyentes deben determinar el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo, así como el monto del impuesto correspondiente.
Aconseja a personas morales
Con el fin de que los contribuyentes cumplan de la mejor manera posible con la autoridad fiscal, la procuraduría brindó algunos consejos prácticos para la presentación de la declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2016.
Comentó que para evitar contratiempos es necesario contar con el Registro Federal de Contribuyente de la empresa, la contraseña y la e-firma.
Añadió que entre los principales documentos y papeles de trabajo que se deben tener a la mano para realizar la declaración están los estados de resultados, un balance general, el estado de costos y los balances obligatorios para las personas morales.
Entre dichos balances, destacan la cuenta de Capital de Aportación, conocida como CUCA, la cual contiene los saldos de aportaciones realizadas a la empresa; la cuenta de Utilidad Fiscal Neta, también llamada CUFIN, en la que se va acumulando la utilidad fiscal determinada de cada ejercicio; y la Utilidad Fiscal Neta del ejercicio, también conocida como UFIN.
Otros documento que las empresas podrían necesitar para cumplir su obligación fiscal es el papel de trabajo en donde se determinó el ajuste anual por inflación, la conciliación contable fiscal, los pagos provisionales y retenciones del Impuesto sobre la Renta (efectuadas durante el ejercicio del 2016), la determinación del Coeficiente de Utilidad, el papel de trabajo en donde se determinó la deducción de inversiones de los bienes de la empresa y la relación de las deducciones autorizadas del ejercicio.
La Prodecon explicó que para realizar el envío de la Declaración Anual, se deberá ingresar al portal de Internet del SAT en www.sat.gob.mx, para posteriormente ir al menú de Trámites, seleccionando la sección de Declaraciones, y finalmente al apartado de Anuales/Personas Morales.

Por último, recordó que en caso de resultar un impuesto a cargo, el pago deberá realizarse por transferencia bancaria

fuente: El economista





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